El intento de la familia del policía asesinado en 2003 no prosperó en la justicia de Garantías local. Irán por instancias superiores para que le levanten el sobreseimiento por prescripción a Salaberry, acusado del crimen.
La Justicia de Mar del Plata rechazó el pedido de anular el sobreseimiento de Alejandro Salaberry Gabarain en la causa que lo tenía como imputado por el crimen del policía Cristian Agusti, ocurrido en el año 2003.
Los padres de Agusti, por medio de su abogada Adelina Martorella, hicieron la presentación luego de que en julio pasado Salaberry fuera detenido en un centro vacunatorio de Mar del Plata.
Salaberry había sido sobreseído en el año 2019 al cumplirse los plazos de prescripción de la acción penal, es decir, al agotarse el tiempo que el Código Penal tiene para mantener la acusación sobre una persona. En esa ocasión, en junio de 2019, Salaberry se presentó en el edificio de Tribunales para firmar su sobreseimiento. Había pasado 16 años prófugo, en la clandestinidad, y pese a la búsqueda desplegada por la policía y la Justicia había logrado mantenerse en esa condición.
Esa noticia fue publicada por LA CAPITAL el 11 de julio de 2019, tras confirmarse el sobreseimiento, y fue leida por una pareja de la localidad de Merlo que lo reconoció, pero como Lucas Lamas. Salaberry se había hecho pasar por esa persona y había tenido problemas de violencia con la pareja, que lo denunció.
El policía Cristian Agusti fue asesinado de tres tiros el 27 de octubre de 2003.
De inmediato la Justicia de Morón solicitó informes y dictó la captura de Salaberry, quien volvió a desaparecer hasta que en julio de este año fue detenido en el Museo Mar, cuando, enfermo de cáncer, se acercó a vacunarse. Ese día lo detuvo personal de la DDI Mar del Plata, la misma dependencia a la que pertenecía Agusti. La DDI Mar del Plata había asumido el compromiso años atrás de detener a Agusti algún día. Y lo hizo.
La familia de Agusti presentó entonces un escrito en el que solicitó a la jueza de garantías Rosa Frende que se declare nulo el sobreseimiento, ya que los tiempos de prescripción se suspenden si el imputado comete un delito. Si bien fue cierto que el sobreseimiento de Salaberry había quedado firme, lo fue porque se desconocía que, con otra identidad, había sido procesado.
Sin embargo, con fecha de este miércoles, Frende resolvió en contra de esa solicitud al entender, tal como lo explica el Código, que solamente se puede interpretar como “comisión de delito” aquel que tiene condena. “Advierto que el núcleo central de discusión radica en establecer que se entiende por ‘la comisión de otro delito’ como causal interruptiva del curso de la prescripción. Lo expuesto permite colegir que si bien no existe discusión alguna en que la comisión de un nuevo delito interrumpe el curso de la prescripción de la acción, resulta necesario destacar que para entender la existencia de esa causal de prescripción debe haber recaído sentencia condenatoria en relación a ese evento considerado delictual, contingencia que no se advierte en el concreto caso traído a análisis”.
La familia de Agusti adelantó que apelará el fallo y continuará hasta agotar todas las instancias que el sistema judicial reserva.